93 409 05 83

Actualidad/Blog

Constitución de sociedades. Porqué necesito asesoramiento profesional

Una asesoría gestoría se revela como un servicio fundamental para la constitución de sociedades. Crear una empresa no es un acto jurídico baladí, por lo que resulta indispensable contar con el apoyo de profesionales que conocen todas las ventajas y los entresijos de estos procesos. 

Por otro lado, son múltiples los servicios que una asesoría gestoría puede prestar en el momento de poner en marcha una empresa: asesoría fiscal, asesoría contable, asesoría mercantil…

En primer lugar, hay que reseñar que las asesorías gestorías actuales destacan por facilitar sobremanera una serie de trámites que se pueden convertir en farragosos para los clientes. Hay que tener en cuenta que sus empleados tienen los conocimientos precisos para optimizar los intereses de quien constituye una empresa. Además, en los últimos tiempos, los medios tecnológicos agilizan las gestiones y ofrecen un mayor confort a los clientes, ya que se evitan muchos desplazamientos innecesarios. 

En un primer momento, es de gran importancia elegir la forma jurídica que más ventajas reporte a la empresa. Por ejemplo, sociedad civil, anónima o limitada. Hay que valorar que los trámites de constitución de cada una de ellas son diferentes. Por otro lado, la constitución telemática de la empresa supone una mayor agilidad, de manera que se puede empezar antes a funcionar. De hecho, es viable la constitución de sociedades en solo 48 horas.

Por lo tanto, se presta una atención especial y se dan directrices acerca de factores contables, jurídicos y demás. En el ámbito jurídico, hay que estar a las normativas aplicables en los ordenamientos correspondientes y es necesario conocer los diferentes sistemas de tramitación. 

Por otra parte, tiene gran relevancia conocer a qué subvenciones puede optar la empresa, en función de la forma jurídica que adopte. Estas ayudas suponen un auténtico alivio económico, de la misma manera que vale la pena recibir el asesoramiento fiscal de los especialistas de la asesoría gestoría. Obviamente, hay que pasar por el trance de liquidar los impuestos, pero es posible optimizar su pago, de forma que se produce un ahorro estimable. 

Otra cuestión que no se puede soslayar es la relativa al ámbito laboral. En este sentido, es recomendable disponer de toda la información referente al régimen de la Seguridad Social que es de aplicación y a los criterios de cotización, adscripción y afiliación. 

Los clientes de la asesoría gestoría también se beneficiarán de ventajas en materia contable, ya que cabe la posibilidad de ampliar los servicios que pueden disfrutarse. De hecho, a la hora de fundar una empresa hay que tener clara su viabilidad y se valora mucho contar con un plan de negocio en condiciones. 

En definitiva, la fundación de una empresa representa el momento clave de su trayectoria, por lo que no hay que escatimar en asesoramiento.

  admin   Abr 14, 2016   Blog   0 Comentarios   Leer más

La renta presentada por un asesor profesional

 

Ricardo Jimenez Ridruejo es socio fundador de la asesoría y gestoria en Barcelona, Jimenez Ridruejo.

Ricardo Jimenez Ridruejo

LA DECLARACIÓN DE LA RENTA CON UN GESTOR PROFESIONAL

 

Todos tenemos claro que es necesario contar con un asesor fiscal y una gestoría profesional si tenemos una empresa y queremos estar al día de todos los requisitos fiscales, laborales y legales que exige la ley.

También leemos que Hacienda pone muy fácil la presentación de la declaración de la renta o IRPF de forma telemática. Descargamos el borrador que nos presentan y confiamos ciegamente en que los datos son válidos y correctos y que solo tenemos que confirmar el borrador para estar tranquilos.

Los funcionarios Técnicos de Hacienda han publicado recientemente que 1 de cada 4 borradores contiene errores o datos incorrectos lo que nos lleva a pensar:  ¿Podría tener una inspección confirmando los datos que me propone el borrador? La respuesta es evidente si y además puede llevar incluida una sanción también, ya que somos nosotros los responsables de los datos que ahí aparecen. ¿Podría ahorrar impuestos revisando los datos que me presentan? Naturalmente, muchas veces no están incluidas todas las deducciones a las que tenemos derecho y sospecho que en la mayoría de casos el beneficiado de la omisión no es la persona que confirma el borrador…

Es importante contar con un asesor o gestor de confianza, profesional y con experiencia, que revise los datos del borrador o mejor todavía lo haga de nuevo, que conozca al detalle las recientes modificaciones de la ley, que nos atienda y nos resuelva las dudas que tengamos, que en definitiva nos dé un servicio personalizado y de calidad.

Podemos estar seguros de que una Declaración de la Renta, sea IRPF o Patrimonio estará 100% bien presentada y nos dará total tranquilidad a nivel legal. Además nos permitirá estar seguros de que cumplimos con nuestras obligaciones fiscales en la justa medida que nos toca, y que tendremos aplicados todos los conceptos que puedan ahorrarnos impuestos.

La tranquilidad no tiene precio, pero además contar con este servicio de un asesor resulta en la práctica un coste más que económico. ¿Está Usted completamente seguro con su Declaración? ¿Confía Usted absolutamente en su Gestor o asesor fiscal? ¿Cree que puede mejorar su servicio y atención personalizada?

  admin   Abr 13, 2016   ACTUALIDAD   0 Comentarios   Leer más

NOVEDADES FISCAL 2016

escalera

ACTUALIDAD FISCAL

 

Principales novedades fiscales incluidas en la      Ley 48/2015 de Presupuestos Generales y otras normas aprobadas recientemente, y que entran en vigor a partir del 1 de enero de 2016, salvo algunas excepciones, y aprovechamos para recordar algunas novedades de la última reforma fiscal que entran en vigor este año:

I.R.P.F:

 Eleva de 500 a 1.500 el límite máximo de deducción aplicable por primas satisfechas a seguros de enfermedad a efectos de calcular el rendimiento neto de la actividad económica en estimación directa, así como el importe de la retribución del trabajo en especie exenta derivada de las primas satisfechas por el empleador a seguros de enfermedad del trabajador, cuando la persona objeto de tal cobertura sea una persona con discapacidad.

Les recordamos que entran en vigor las novedades introducidas en el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen simplificado del IVA, y que afecta a los límites excluyentes del régimen de módulos, y que también  excluye del sistema a las actividades incluidas en las divisiones 3, 4 y 5 de la sección primera de las Tarifas del IAE sujetas a retención del 1% en 2015, entre otros cambios.

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 01-01-2015, se vuelve a flexibilizar el requisito de los ingresos totales para que determinadas entidades parcialmente exentas no tengan que presentar la declaración del IS (entidades e instituciones sin ánimo de lucro no sujetas a la Ley 49/2002, las  uniones, federaciones y confederaciones de cooperativas, los  colegios profesionales, las asociaciones empresariales,…). Los ingresos totales del período impositivo no pueden superar los 75.000 euros anuales. Inicialmente se había establecido el límite en 50.000 € anuales.

I.V.A.

 Las sociedades civiles con personalidad jurídica y objeto mercantil, que con efectos de 1 de enero de 2016 pasen a tener la condición de contribuyentes en el Impuesto sobre Sociedades y, por tanto, cesen en el régimen especial del recargo de equivalencia del IVA, podrán deducir en la autoliquidación correspondiente al período en que se produzca dicho cese, la cuota resultante de aplicar el valor de adquisición de sus existencias inventariadas en la fecha de cese, IVA y recargo de equivalencia excluidos, los tipos de dicho impuesto y recargo vigentes en la misma fecha.

Para el ejercicio 2016 y 2017, el límite excluyente del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca es de 250.000 €.

OTRAS INFORMACIONES:

  • Se prorroga durante el ejercicio 2016 la vigencia del Impuesto sobre Patrimonio.
  • El IPC General interanual diciembre de 2015 se sitúa en el 0,0 %.

 

 

 

 

 

  admin   Feb 19, 2016   ACTUALIDAD   0 Comentarios   Leer más

NOVEDADES LABORAL 2016

ACTUALIDAD LABORAL

Principales NOVEDADES LABORALES y de SEGURIDAD SOCIAL incluidas en la Ley de Presupuestos Generales para 2016 y otras normas publicadas recientemente:

  • Las cuantías del Salario Mínimo Interprofesional para 2016, se establecen en 655,20 euros/mes y 21,84 euros/día, que representa un incremento del 1%.
  • Las bases máximas de cotización al Régimen General se incrementan en un 1% para el año 2016, siendo de 3.642,00 €/mensuales o 121,40 €/día. Las bases mínimas se incrementarán en el mismo porcentaje en que ha aumentado el SMI (1%).
  • Los trabajadores AUTÓNOMOS que, a 1 de enero 2016, tengan 47 años de edad y cotizan en el RETA por una base inferior a 1.945,80 € mensuales no podrán elegir una base de cotización superior a 1.964,70 €, salvo que ejerciten su opción en tal sentido antes del 30-06-2016.  La base mínima de los autónomos se incrementa aproximadamente en un 1% ( 893,10 €)
  • Prorroga hasta el 31-12-2016 las bonificaciones en las cotizaciones para las empresas, excluidas las pertenecientes al sector público, dedicadas a actividades encuadradas en los sectores de turismo, comercio vinculado al mismo y hostelería que generen actividad productiva en los meses de febrero, marzo y de noviembre de cada año y que inicien y/o mantengan en alta durante dichos meses la ocupación de los trabajadores con contratos de carácter fijo discontinuo.
  • La entrada en vigor de la ampliación de la duración del permiso de paternidad a cuatro semanas se aplaza hasta el 01-01-2017.
  • Se reconocerá un complemento de pensión, por su aportación demográfica a la Seguridad Social, a las mujeres que hayan tenido 2 o más hijos naturales o adoptados. El porcentaje adicional de la pensión contributiva estará en función del número de hijos: 5% en caso de dos hijos, 10% en el caso de 3 hijos y del 15% en el caso de cuatro o más. El nuevo complemento será aplicable a las pensiones contributivas de jubilación, viudedad e incapacidad permanente que se causen a partir de 1 de enero de 2016 y cuya titular sea una mujer, cuando concurran las circunstancias previstas en la norma.
  • El IPC general interanual diciembre de 2015 se sitúa en el 0,0 %.
  admin   Feb 19, 2016   ACTUALIDAD   0 Comentarios   Leer más

El personal shopper inmobiliario

Ha nacido una nueva profesión. El personal shopper inmobiliario. En realidad dicen que existen desde el 2010. Si existe los “personal shopper” en el mundo de la moda para asesorarte sobre tu forma de vestir y ayudarte a elegir, porque no existir la figura de un personal shopper inmobiliario. Tiene bastante sentido. Porque alguien independiente, […]

  admin   Feb 15, 2016   Blog   0 Comentarios   Leer más

FIESTAS 2016

FIESTAS 2016 Les informamos del calendario laboral de 2016. CALENDARIO DE FIESTAS 2016 ( Barcelona ) 1 de enero, Año Nuevo 6 de enero, Reyes 12 de febrero, Santa Eulalia (local Barcelona) 25 de marzo, Viernes Santo 28 de marzo, Lunes de Pascua 16 de mayo, Lunes de Pascua Granada 24 de junio, San Juan […]

  admin   Ene 23, 2014   Blog, image   0 Comentarios   Leer más